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Bancarrota
Cuando
se declara Bancarrota:
Usted puede escoger el tipo de bancarrota que mas le conviene:
- Capítulo 13: Habitualmente,
usted puede conservar sus bienes, pero debe devengar un salario
o tener otra fuente de ingresos regulares y debe convenir en pagar
a sus acreedores parte de sus ingresos. La corte debe aprobar
el plan de pagos y su presupuesto. Se nombra a un fiduciario quien
recibirá los pagos de parte suya, pagara a sus acreedores
y se asegurará de que usted cumpla con los términos
de su plan de pagos.
- Capítulo 12: Semejante al Capítulo 13, pero es solo para granjeros
- Capítulo 11: Lo utilizan
principalmente los negocios. Bajo el Capítulo 11 podrá
seguir a cargo de su negocio, pero sus acreedores y la Corte tienen
que aprobar un plan para pagar sus deudas. No hay fiduciario a
menos que el Juez decida que se precisa de uno; si se nombra a
un fiduciario, el o ella asume el control de su negocio y sus
bienes.
Si ya se declaro en bancarrota bajo el Capítulo 7, es posible
que pueda cambiar el caso a otro Capítulo.
Su bancarrota podría ser reportada en su expediente de crédito
por un máximo de hasta diez años. Esto puede afectar
su capacidad de recibir crédito en el futuro.
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¿Qué
es un DESCARGO de la Bancarrota y como funciona?
Uno de los motivos por los cuales la gente se declare en bancarrota
es para recibir un "descargo." Un descargo es una orden
judicial que dice que usted no tiene que pagar la mayoría
de sus deudas. Algunas deudas no pueden ser descargadas. Por ejemplo,
no puede descargar deudas de:
- La mayoría de los impuestos
- Manutención de niños
- Pensión alimenticia
- La mayoría de los prestamos para estudios
- Multas judiciales y restituciones penales
- Lesiones personales causadas al conducir en estado
de embriagues o al estar bajo la influencia de drogas.
El descargo corresponde exclusivamente a las deudas contraídas
antes de la fecha de la declaración.
Además, si el Juez determina que usted recibió dinero
o bien mediante fraude, esa deuda no se puede descargar.
Es importante que usted anote todos sus bienes y sus deudas en sus
planillas de bancarrota. Por ejemplo, si no anota alguna orden judicial.
Puede recibir un descargo bajo el Capítulo 7 solo una vez
cada seis años. Nadie le puede obligar a pagar una deuda
descargada, aunque usted pueda pagar voluntariamente toda deuda
que quiera pagar. Para hacerlo, no tiene que firmar un convenio
de reafirmación ni ningún tipo de documento.
Algunos acreedores tienen una reclamación garantizada (por
ejemplo, el banco que tiene hipoteca de su casa o la compañía
que tiene un derecho prendario sobre su auto). Usted no tiene que
pagar una deuda garantizada si la deuda se descarga, pero el acreedor
aún puede quitarle el bien.
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¿Qué es un Convenio de Reafirmación?
Aún cuando una deuda puede ser descargada. Puede que usted
tenga motivos especiales para prometer su pago. Por ejemplo, le
convendría concertar un plan con el banco para conservar
su auto. Afín de prometer pagar la deuda, debe firmar y presentar
un Convenio de Reafirmación ante la Corte. Los convenios
de reafirmación se celebran bajo reglas especiales y son
voluntarios. No los exige la ley de bancarrota ni ninguna ley distinta.
Los convenios de reafirmación:
- tienen que ser voluntarios
- no deben suponer una carga muy pesada para usted
o su familia
- deben ser lo que mas le conviene a usted
- se pueden anular en cualquier momento antes de
que la Corte emita el descargo o dentro de los 60 días,
después de que el convenio se presente ante la Corte, lo
que entre ellos le de a usted mas tiempo.
Si usted es un particular y no está representando por un
abogado, la Corte tiene que celebrar una audiencia para decidir
si aprueba el convenio de reafirmación. El convenio no le
obligará legalmente a menos que la Corte lo apruebe.
Si usted reafirma una deuda y luego no la paga, usted debe la deuda
igual que si no hubiera habido bancarrota. La deuda no será
descargada y el acreedor puede tomar media para recuperar todo bien
sobre el que tenga un derecho prendario o una hipoteca. Además,
el acreedor puede tomar medidas legales para recuperar un fallo
en contra de usted.
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Origen: Departamento de Justicia (EE.UU.)